Tribunal Administrativo del Tolima anula retiro de Directoras de Programas de la Universidad del Tolima y ordena reintegro. En Leal Asesores nos enorgullece compartir un nuevo logro en defensa de los derechos laborales en nuestra región. En esta ocasión, brindamos asesoría a dos exfuncionarias de la Universidad del Tolima, que se desempeñaban como Directoras de Programa y fueron retiradas de sus cargos en el año 2017 mediante un acto administrativo expedido por el Rector de la institución. Nuestras representadas ocupaban los cargos de Directora del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo y Directora del Programa de Tecnología en Regencia de Farmacia del Instituto de Educación a Distancia de la Universidad del Tolima, y fueron desvinculadas con base en el Acuerdo N° 033 del 30 de diciembre de 2016, mediante el cual se pretendía modificar el Estatuto General de la Universidad. La decisión de retiro se basó en las recomendaciones de la Universidad del Valle, en el marco de un Convenio de Cooperación, con el argumento de alivio financiero y reorganización administrativa. En primera instancia, el Juzgado 8 Administrativo del Circuito de Ibagué negó las pretensiones al considerar que el acto de desvinculación se ajustaba a la normatividad y que no era aplicable el régimen general de carrera administrativa. Ante estas decisiones, se interpuso recurso de apelación ante el Honorable Tribunal Administrativo del Tolima.En sede de apelación, se insistió que, la facultad otorgada al Rector en el Acuerdo 033 de 2016 estaba viciada de nulidad, sustentando dicha postura en una decisión de suspensión provisional emitida por el Tribunal Administrativo del Tolima en el proceso con radicación No. 73001233300120180035900 promovido por la Asociación Sindical de Docentes de la Universidad del Tolima. El Tribunal determinó que el Rector no contaba con competencia nominadora sobre los Directores de Programa, ya que dicha facultad residía en los decanos de cada facultad según el Estatuto General de la Universidad del Tolima. Como consecuencia, al declarase nulo el Acuerdo 033 de 2016 que confería facultades de nominación y retiro al Rector de la Universidad, el Tribunal Administrativo del Tolima revocó las sentencias de primera instancia y declaró la nulidad de la Resoluciones que formalizaron la insubsistencia de la directoras. La decisión definitiva ordenó el reintegro de nuestras clientas al cargo de Directora del Programa Seguridad y Salud en el Trabajo y Directora de programa académico de Tecnología en Regencia de Farmacia del Instituto de Educación a Distancia de la Universidad del Tolima o a un cargo equivalente, sin solución de continuidad. Asimismo, ordenó el restablecimiento de sus derechos, conforme a las sentencias de unificación de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado (SU-556 del 24 de julio de 2014; SU-053 del 12 de febrero de 2015, expedientes T-3358972; T-3364912), en este sentido, condenó a la Universidad del Tolima a pagar los salarios y prestaciones dejadas de percibir, con un mínimo de seis (6) meses y un máximo de veinticuatro (24) meses, además de realizar los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral durante el tiempo de desvinculación. Este fallo judicial representa precedente significativo en la defensa de los derechos laborales y el respeto al debido proceso en el sector público. En Leal Asesores, reafirmamos nuestro compromiso con la justicia y la protección de los derechos de nuestros clientes. 🔗 Para conocer más sobre esta decisión, haga clic en el enlace: SENTENCIA 2017-361 SENTENCIA 2017-324 Imagen suministrada por El Olfato