Tiene usted una empresa que se preocupa por garantizar el crédito que otorga a terceros y/o proveedores y sabe cómo ejecutar dichas garantías? Sabe usted que es la Ley de Reorganización Empresarial y cuáles son las consecuencias que tienen las partes en el proceso? Si usted no tiene idea de lo que le estoy hablando, lea estas cifras que le presento a continuación:
Desde la entrada en vigencia de la ley 1116 de 2006, al 31 de enero de 2019 la Superintendencia de Sociedades ha reportado la admisión de 2.573 empresas en reorganización, cifra que según las estadísticas de esa Entidad se ha incrementado de manera considerativa desde el año 2015. A pesar de que esta ley fue creada para la protección del crédito, la recuperación y conservación de la empresa como unidad de explotación económica en el país y un régimen de insolvencia permanente que vino a reemplazar la Ley 550 de 1999, la realidad es que siguió conservando algunos vicios de su antecesora, como por ejemplo el convertirse en un mecanismo para la refinanciación del crédito y una salida de muchas (no todas) empresas para evadir sus obligaciones con sus acreedores.
El régimen de insolvencia es hoy en día una de las consultas más frecuentes en el ejercicio del derecho de la empresa. Las empresas desde la entrada en vigencia de la ley 1116 de 2006 a hoy, han encontrado una opción de oxígeno y vida a sus empresas, apaleadas por los altos y numerosos impuestos, por los altibajos del mercado, la caída del petróleo, el aumento del dólar y los excesivos intereses que cobran los Bancos aprovechándose de su posición dominante y la poca educación financiera que hay en el país.
Solamente en el departamento del Tolima la Superintendencia ha reportado la admisión de 25 empresas, que han decidido acudir a esta herramienta para evitar o en otros casos suavizar la inminente muerte de sus unidades de negocio. La alarmante cifra que entrega la Superintendencia de Sociedades sobre la masiva entrada de empresas a la Ley de insolvencia en la modalidad de reorganización, debe crear una conciencia en los empresarios de la ciudad, ya que se está generando por deficiente asesoría y conocimiento de la ley un EFECTO DOMINÓ.
Y por qué efecto dominó? Las empresas que entran en ley de reorganización congelan sus pasivos hasta más allá de la audiencia de confirmación de acuerdo, es decir mínimo un año y medio desde la admisión del proceso. Durante este tiempo los acreedores deberán tener una empresa sólida y que no dependan de la cartera congelada de la sociedad o sociedades que están en el curso del proceso, porque si es así, pueden inmediatamente colocar en situación de insolvencia a la sociedad acreedora y así a todas las de su cadena productiva, generando el efecto de caída dominó.
Fuente de las estadísticas
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