Con ponencia del Magistrado BELISARIO BELTRÁN BASTIDAS el Tribunal Administrativo del Tolima en sentencia del 10 de diciembre de 2020; resolvió no acceder a la pretensión tendiente a anular la elección de ELISABETH BARBOSA, como Alcaldesa Electa del Municipio De Rioblanco –Tolima periodo 2020-2023.

En providencia de única instancia, el Tribunal Administrativo del Tolima, no acogió el planteamiento de la demandante CINDY KARINA MARQUINES QUIÑONES.

Consideró el Tribunal que no existieron causas de nulidad que invalidaran la elección de ELISABETH BARBOSA para la vigencia 2020 – 2023 “Como quiera que no se logró demostrar fehacientemente que la accionada estuviera incursa en alguna de las inhabilidades alegadas por la demandante, al no haberse probado que hubiese sido privada de la libertad por sentencia penal, o que haya sido condenada penalmente por delitos contra el erario público, permitiendo concluir, que no se configuraron las inhabilidades previstas en el numera 1, del artículo 37 de la Ley 617 del 2000, el artículo 122 de la Constitución Política y el numeral 1, del artículo 38 de la Ley 734 de 2002 y su parágrafo 2, las cuales le fueron endilgadas a la señora ELISABETH BARBOSA y, en consecuencia, por la falta de acreditación de estos presupuestos es suficiente para dar por terminado con el estudio de las inhabilidades y despachar desfavorablemente las suplicas de la demanda”

La defensa de la alcaldesa ELISABETH BARBOSA fue confiada a la sociedad LEAL ASESORES CONSULTORES SAS.

Vea aquí la sentencia